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CAMBIO DE CARACTERÍSTICAS EN VEHÍCULOS COSTA RICA

Existen a diario situaciones comunes que requieren un apoyo legal, sin embargo, muchos puntos específicos son desconocidos o dejados de lado por la población, creyendo en las “recomendaciones” de personas que no cuentan con formación en derecho o que no tienen experiencia en las áreas consultadas.


Hablando de bienes registrales (https://www.leuslegal.com/post/bienes-registrales-en-Costa-Rica ), se debe recordar que en Costa Rica existe la máxima autoridad en los temas registrales, llamada Registro Nacional, encargada de reservar y controlar toda la información relacionada con este tipo de bienes, entiéndanse estos como inmuebles y muebles inscribibles. Es así como esta deberá mantener actualizados todos los datos de los bienes registrales con el fin de que el público en general tenga seguridad con respecto a ellos, evitando que se den negocios o situaciones que puedan afectar el patrimonio de los diferentes interesados a causa de un mal mantenimiento de la información pública.

Según lo ya indicado es común conocer de casos donde personas realizan modificaciones a sus vehículos personales pensando que estos no tendrán ninguna consecuencia mayor a su mero disfrute, posteriormente llevan su vehículo a la revisión técnica vehicular (RTV) que de realizarse anualmente y se encuentran con la sorpresa de que estaban muy equivocados.


Qué características hacen necesario el cambio en Vehículos

- Cambio de color.

- Cambio de motor: cada motor tiene un número de identificación en específico, esto permite comprobar su origen y tiene relación estrecha con la manera en que se adquirió, en ocasiones cuando se da el robo de vehículos se retira el motor por ser un elemento de gran valor económico. El tener un número de motor diferente al registrado sin realizar la solicitud de cambio respectivo generará dificultades a nivel de RTV y podría incluso parecer el indicio de un delito.

- Cambio de carrocería: al igual que el motor, este tiene un número de identificación específico el cual está relacionado con el año y lugar de fabricación. De igual manera esto funciona como un método de seguridad ante el robo y desmantelamiento de vehículos que se da en ocasiones.


Porqué hacer el cambio

En primer lugar, el cambio respectivo se hace por un tema de seguridad jurídica, ya que como se estableció en un primer momento, las personas necesitan tener acceso a la información pública de la manera más clara posible, evitando de esta manera los diferentes problemas legales que podrían ser ocasionados por esta situación. Ahora bien, a muchas personas no les parece importante esta primera razón, sin embargo, cuando estas características no son actualizadas, al llegar a RTV se encontrarán con faltas graves por no tener debidamente registrado su vehículo, de igual manera esto podría incluso escalar a multas de tránsito en caso de utilizar el vehículo en estas condiciones, o en el peor de los escenarios, algún tema relacionado a la jurisdicción penal.


El papel del Notario

Si bien el cambio material o real de estas características las hace ya sea un mecánico o un pintor, posterior a esto se deberá hacer la respectiva solicitud de cambio de características a nivel registral. Para esto según la guía de calificación registral de bienes muebles se deberá proceder de la siguiente manera:

- Cambio de color: Solicitud del propietario autenticada por notario público, debe ser emitida en papel de seguridad.

- Cambio de carrocería: misma solicitud, a su vez deberá aportar Informe de Cambio de Características original, el cual es emitido por RTV.

- Cambio de motor: solicitud en conjunto con aportar Informe de Cambio de Características original, además se deberá verificar la procedencia del motor.

Como se puede evidenciar, en cada uno de los procesos de cambio de características es necesaria la participación del notario para que se pueda hacer la respectiva solicitud, incluso, en el caso específico del cambio de motor, podría tomar un papel más activo mediante la elaboración de una escritura pública.


De igual manera, existen cambios en los Bienes Inmuebles, que se tratarán en otro blog.


Marzo 2022, Oscar A. Delgado Vindas, Paralegal Leus Legal. Correo directo: odelgado@leuslegal.com


En caso de requerir asesoría sobre este y otros temas, no dude en contactarnos, en Leus Legal estamos para apoyarle, puede contactarnos por medio de WhatsApp: https://wa.me/50689221121 o bien por medio de correo electrónico: info@leuslegal.com


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